Es común oír hablar sobre la dolarización venezolana. Si bien es un término lógico en una conversación coloquial, es importante aclarar que en realidad la dolarización de una economía ocurre cuando sus autoridades monetarias deciden sustituir o complementar su moneda por el dólar oficialmente.
Son procesos que otros países han realizado en el pasado, como es el caso de Ecuador o Panamá, pero que requieren de una política deliberada para adoptarlo, hacerlo oficial y realizar los acuerdos necesarios con la Reserva Federal Norteamericana para garantizar su uso, suministro y sustitución de moneda y billetes, que evidentemente los países dolarizados no pueden producir. Este no es el caso venezolano, pues para comenzar, el gobierno, su principal generador de divisas, Pdvsa, y su autoridad monetaria, BCV, están sancionados por EEUU y no pueden ejecutar acuerdos ni convenios de ese tipo, sin contar con que no esta en la filosofía económica del gobierno.
Sin embargo, aunque no hay una dolarización formal, el país si registra una masificación del uso de divisas en sus actividades económicas privadas, un fenómeno inevitable frente a la pérdida, evidente e irrecuperable, de funciones del bolívar y gracias a ella la economía, a pesar de su crisis severa, aún permite la realización de actividades industriales y comerciales básicas.
El uso de divisas en una economía como la venezolana es un clásico histórico y ocurre primero de facto, incluso surfeando las típicas restricciones legales, pero luego las legislaciones se ajustan a ella para evitar el colapso total de la economía, que de otra manera sería inevitable.
En este momento cerca de 65% de las transacciones comerciales privadas del país se realiza en moneda extranjera, principalmente en dólares, pero también euros, pesos colombianos, reales brasileros y gramas de oro, principalmente en el sur de país. A diferencia de la situación cambiaria informal que se registraba en 2018, hoy una parte relevante de esas transacciones se realiza formalmente y amparada (parcial o totalmente) en las modificaciones legales que permiten transacciones en divisas en Venezuela a cambio oficial, el cual se acerca notablemente al tipo de cambio paralelo. La banca está autorizada legalmente a abrir cuentas en dólares para custodiar efectivo, la mayoría producto de transacciones que crecen en el mercado local y necesitan formalizarse. Esas cuentas y sus transacciones de suministro de efectivo y transferencias internas son legales y fundamentales para la economía interna. Sin transacciones bancarias formales en moneda extranjera en Venezuela, que no tiene una moneda local que cumpla funciones de intercambio, reserva de valor y mecanismo de cuentas, igual las transacciones se seguirían haciendo en moneda extranjera pero de forma más opacas, ineficiente y distorsionante.
La apertura oficial a las operaciones cambiarias y a la fijación de precios son el anticipo de un proceso más amplio de apertura económica que resulta inevitable frente a la necesidad de sostener el país con operaciones privadas, tomando en cuenta las fuertes restricciones de operación que tiene el gobierno sancionado. Cabe señalar que dadas esas sanciones que ponen en duda, para muchos inversionistas, la legitimidad institucional venezolana, las inversiones privadas futuras tendrán probablemente un perfil de origen distinto a la tradición de inversión extranjera en Venezuela. En resumen, podríamos esperar que el gobierno sea en el futuro mucho más abierto a la inversión privada para subsanar su propia imposibilidad de invertir y operar, pero el perfil de países fuente de inversiones a futuro puede ser muy distinto al que conocemos hoy. Una especie de nueva fauna empresarial que ya comenzamos a ver en el mercado.
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