Carlos Sainz Muñoz: Derechos universales de niños y adolescentes

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Siendo en el tiempo y en espacio el Derecho universal de todos de los niños niñas y adolescentes que tienen la garantías del derecho del trabajo como el más social de los derechos y le corresponde prohibir el trabajo infantil que no se ha logrado todavía y se han creados normas y garantías para que en todo caso reducir eliminar los efectos negativos de las secuelas y el ejercicio disfrute de todos los niños niñas y adolescentes que se encuentren el territorio nacional el ejercicio pleno y efectivos de sus derechos nomas y garantías mediante la protección integral del Estado la familia la Sociedad y los empleadores públicos o privados deben brindarles desde el momento de su concepción.

Los niños niñas son considerados a toda persona con menos de doce años y se presumirá si es niño o niña adolecentes a toda persona con menos de doce años o más y menor de dieciocho años de edad. Se estable en caso de dudas si una persona es niño niña se entiende que toda persona es adolescente o mayor de diez y ocho años de edad adolescente o mayor de diez y ocho años de edad salvo prueba en contrario.

Es importante el principio de la igualdad y la no discriminación entre ellas por ejemplo de pensamiento religión creencias culturas opinión políticas o de otras índoles económicas discapacidades o cualquier otra condición de los niños niñas o adolescentes de su padre madre o representantes familiares. Obligaciones generales del estado tiene la obligación de sus derecho indeclinable tomar todas las opciones legislativas administrativas judiciales de cualquier otras que sean necesarias para que todos los niños (as) y adolescentes disfruten plena y efectivamente sus derechos garantías. Una de las garantías y derechos de los niños (as) y adolescentes es el denominado el interés Superior de los niños niñas y adolescentes es un principio constitucional de impetración y aplicación está dirigido asegurar el desarrollo integral de sus de los derechos y garantías.

Este principio del interés superior y su a ser aplicado al derecho de los niños y (as) y adolescentes a su derecho constitucional ser oídos su opinión en las medidas que adopten la Autoridad Sanitaria que violen y afecten en los casos de confinamientos cuarentenas escuelas y todos que pueden afectar el desarrollo integral por lo tanto el interés superior de los niños deben ser oídos su opinión sin discriminación alguna incluyen a los niños y adolescentes y los niños migrantes.

Los derechos y garantías están protegidos por la convención de la ONU de los derechos de los niños y son personas con todos sus derechos mencionados.  Adicionalmente están protegidos por (a LOPNA ley Orgánica de Protección de Niños niñas y adolescentes (G.O extraordinaria del 10-12-2007).

Adicionalmente a lo anterior la Convención de los Derechos del niño, niñas y los adolescentes ratificados por Venezuela (siglas en Ingles CDN).

@laborasainz

 

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