1. Resulta imperioso reconocer que uno de los sectores de la cultura, la artesanía, expresada en sus creadores y creadoras, ha sido uno de los gremios más combativo en la larga batalla por la dignificación de la cultura en Venezuela. A partir de los finales años de la década de los años ochenta, toda la década de los noventa, así como en estos últimos veinte años del siglo XXI, el gremio artesanal ha dado muestras, ineludibles, de un compromiso social irreparable. Las luchas dadas constituyen un ejemplo inédito de irresoluta y constante perseverancia combativa. Exigir el derecho al reconocimiento, tanto institucional como epistemológico; crear contextos de aprendizaje sobre la normativa artesanal, en particular, y la legislación cultural, en general; participar en la creación y elaboración de sus propias y naturales normas jurídicas artesanal, tanto nacional como estadal y municipal; alcanzar rango superior y constitucional y ser vanguardia crítica en el ir y devenir cultural del país, constituyente algunos de los logros de este sector que lo ha posesionado, de una u otra manera, como parte de la vanguardia cultural del país. Las batallas se han insertado en las más auténticas reivindicaciones del sector y en sintonía permanente con el Proceso Bolivariano. Hemos afirmado, con suficiente entereza, que en la historia de la participación con este sector nunca se ha observado una postura no progresista menos reaccionaria. Siempre ha militado este gremio en un continente contestatario y rebelde, incluso revolucionario. Así ha sido el transitar y la práctica social permanente e histórica reciente de los artesanos y artesanas. Resulta una verdadera rareza encontrarse con un creador o creadora de la artesanía de tendencia francamente conservadora o reaccionaria. La condición iconoclasta de estas mujeres y hombres, creadores y creadoras, expresa un auténtico compromiso con la humanidad doliente y con la cultura, en general, y las artesanías y el hecho creador, en particular. Si existe un sector de la cultura que tiene tremendamente claro lo que pudiera considerarse un principio concluyente, es el gremio artesanal: Entre revolucionario y contrarrevolucionario no hay término medio.
2. La lucha por alcanzar una legislación artesanal que dignificara la actividad, y los procesos creativos, en todos los sentidos, a sus hacedores y valore su dimensión histórica patrimonial, ha estado como bandera fundamental y quintaesencia de su lucha, su quehacer cotidiano y compromiso revolucionario. Sacar a los creadores y creadoras artesanales de aquella tristemente célebre ordenanza del comercio ambulante, que los calificaba de buhoneros, significó una dura, prolongada; tenaz y sostenida cruzada. Los artesanos(as) no son vendedores ambulantes, tampoco buhoneros. No es la práctica de comercialización la que determina el perfil cultural de tales. Son sociológica e históricamente; antropológica y legislativamente creadores y creadoras de bienes culturales artesanales. Lograr que aquellos y aquellas ediles de entonces comprendieran que tales no eran simples buhoneros, (con todo respecto a los mismos), sino trabajadores y trabajadores culturales significó trompicones intelectuales de todo tipo, discusiones incansables, aprietos jurídicos, movilizaciones, prolongadas insistencia, reclamo permanente y constante, presencia problematizadora, contundentes discusiones, incluso inoportunas rejas en los cuerpos policiales del Estado, democráticamente represivo, que sistemáticamente emprendió un verdadero acoso, persecución y sistemática exclusión de los artesanos y artesanas. La lucha sería implacable, resuelta, triunfante. El tiempo, el implacable, les ha otorgado la razón a estos trabajadores y trabajadoras culturales de la actividad de más antigua data: la artesanía. La sola actividad de nuestros pueblos originarios, antes de la invasión de los conquistadores, significó no menos de 15 mil años de creación, actividad y cultura artesanal. El producto cultural histórico por antonomasia ha sido el artesanal.
3. Los artesanos y artesanas son, por donde se le mire, creadores y creadoras de productos y obras culturales, que pueden ser esencialmente artísticas, así como urgentemente utilitarias. La artesanía es la actividad cultural, productiva-económica y familiar-étnica de más antigua data en la historia de la humanidad, en general, y de la historia de Venezuela, específicamente. Entender esta concepción cultural significó una reyerta sistemática y permanente contra los poderes fácticos públicos municipales, que se empeñaban, con torpe terquedad, en subestimar su labor y reducirla al simple hecho de vender en la calle. No existía ningún tipo de consideración al hecho creador, a la obra, al proceso de producción. Despachar a estos hombres y mujeres resultaba la conducta más olímpica, así como las más cómoda y desatinada, expresando niveles de desconocimiento e ignorancia, verdaderamente alarmantes. Un sostenido proceso paulatino de batalla en batalla; de entrompe en entrompe, de acometida en acometida, permitió una toma de conciencia sobre la tremenda e inconmensurable dimensión cultural de las artesanías y sus creadores y creadoras. Los triunfos se hicieron realidad.
4. Las manos creadoras de estos hombres y mujeres, han jugado un histórico papel como fuerzas productivas. También como protagonistas en el diseño del perfil cultural de los distintos y diferentes modos de producción en contextos sociales variadisimos. De igual manera, expresan el desenvolvimiento de las variadas formas y maneras culturales en contextos geográficos-sociales históricamente determinados. Un cálculo conservador y mesurado pudiera referirnos al siguiente hecho: de los 335 municipios existentes en Venezuela, el no menos del 75 por ciento de éstos tienen como característica cultural un claro y preciso perfil artesanal. Se estaría haciendo referencia a no menos de 234 entidades locales municipales con tal característica. Ello culturalmente resulta significativo y de consideración estratégica para las políticas públicas culturales, tanto legislativa como ejecutivas, a todos los niveles. Existen municipios en Venezuela en los cuales el papel electoral de artesanas y artesanos tiene un peso específico, en nada subestimable. De tal manera, que incluso política-electoralmente, este gremio tiene mucho que aportar cultural, artística, utilitaria y políticamente. Un sector cultural de tal dimensión no puede soslayarse. Desde una mirada holística, la cultura es su perfil histórico, su razón política y su ser socialmente comprometido.
5. De una familia de artesanas y artesanos están los de más vieja trayectoria, maestros y maestras artesanales, algunos verdaderos alarifes de la creación y producción de bienes culturales artesanales. Luego vienen los facultativos, esos intermedios históricos, y seguido de los aprendices, quienes, en un proceso desigual y combinado, hasta mágico, heredan los aprendizajes, destrezas, conocimientos y habilidades como un tesoro de perfil de vida socio-cultural. Los maestros mayores son los alarifes. La clasificación de los hacedores de este oficio viene de la Colonia. Actualmente es irreductiblemente necesario ponderar su alcance contemporáneo, su heredad originaria, su gravedad experimental. La tradición artesanal debe ser protegida y defendida en términos de patrimonio cultural tangible e intangible. El Proceso Bolivariano dignificó constitucionalmente la condición de las artesanías, tanto como parte de las culturas populares y como industrias populares típicas con el definitivo propósito de salvaguardar su autenticidad. Es de obligación constitucional brindar facilidades crediticias pues con ellas se pretende promover su producción y comercialización. En cualquier caso, la artesanía e industrias populares típicas gozan de una condición preeminente y especial por parte del Estado: la atención especial por el mismo. Haber logrado las artesanías una condición jurídicamente superior, fundamental y constitucional significa todo un alcance intrépidamente revolucionario. Se logró una dignificación histórica de las artesanías, en su más vasto y profundo sentido social, patrimonial, jurídico, constitucional, legislativo y, en definitiva, cultural.
6. Luego de alcanzar autonomía gremial, al ser sacados y justamente excluidos de aquella ordenanza, tan exclusivamente mercantil, inician, decididamente, la lucha por conquistar una figura jurídica municipal que brindará protección y defensa a la actividad artesanal, en tanto creación cultural, herencia histórica, presencia contemporánea y en su condición de ser parte de las culturas populares. Las artesanías gozan de la protección especial del Estado venezolano, que no se dude en reiterar millones de veces. Un indiscutible logro cultural constitucional de proyección revolucionaria, todavía no ponderado. Por primera vez en la historia de la cultura de Venezuela, un sector alcanza tal consideración. Por primera vez en la historia constitucional de la nación, un sector de la cultura es considerado de atención especial de derecho superior. Las culturas populares alcanzaron en la Constitución de 1999 su más digna condición histórica y revolucionaria. Cuando las voces agoreras surcaban los escenarios culturales afirmando, en re mayor, que no se debería considerar ya esa categoría de cultura popular; en la otra Venezuela; la Venezuela de la oniria, las culturas populares, en general, obtienen su más alta valoración constitucional, así como la artesanía y las industrias populares típicas. Algo así como si después que las orquestas interpretaban música académica y clásica; de pronto comenzaron a ejecutar aquellos mambos de Pérez Prado. Por otra parte, la actividad ambulante de las artesanías viene a ser una simple opción de venta ante la ausencia de una política de promoción, difusión y comercialización coherente, digna y de real entrompe económico. Mientras se subestime a las artesanías y se les tenga miedo a los artesanos y artesanos, toda política cultural pública en la especialidad estará destinada al fracaso. Tal venta jamás, ni en modo alguno, determina el acto creador artesanal per se. Sencillamente, parece ser una iniciativa para no quedarse en silencio. Bastaría contar la infinita cantidad de veces que la democracia burguesa y Estado burgués aplicó, con los cinco agravantes del crimen, el desalojo, la represión, la persecución, el silencio cómplice e incluso la detención y cárcel a estos creadores y creadoras, así como las campañas desacreditadoras emprendidas con agravantes y alevosía destructiva. Una permanente conspiración se emprendió desde la IV República contra las artesanías y sus hacedores. Sus concejales, sus cuerpos represivos y muchos funcionarios participaron en el festín de desconocimiento, la represión, hostigamiento y silencio cómplice.
7. Las artesanas y artesanos se mantuvieron firmes, combativos, contra todo riesgo, hasta alcanzar no sólo la ordenanza requerida, sino la primera normativa jurídica artesanal nacional: la Ley de Fomento y Protección al Desarrollo Artesanal, de fecha 1993.Transitaron de su casi única condición local-municipal para lograr una categoría nacional. Desde el año 1993, la artesanía es de interés público, concretamente, el desarrollo artesanal y es considerada una manifestación cultural autóctona y elemento constitutivo de la identidad nacional. He allí la heredad del derecho positivo. La Ley para el Desarrollo y Creación Artesanal, del año 2015, hereda lo de interés público y ratifica el precepto constitucional sobre el gozo de protección especial por parte del Estado, ahora como expresión pluricultural y componente de la identidad y diversidad cultural de la nación venezolana Estamos obligados a emprender un estudio comparativo de tales instrumentos jurídicos sobre la artesanía e incluso hurgar en sí misma sobre la ley del año 2015. De igual manera, es necesario investigar sobre la ordenanza artesanal del Municipio Bolivariano Libertador, también un extraordinario logro del sector artesanal de Caracas. Todavía hay una deuda legislativa en materia artesanal con los municipios y los estados del país. Es requerido emprender los contextos de aprendizaje, la creación de los anteproyectos, arrancar la discusión con la finalidad de dotar a los estados y municipios, con perfil artesanal, de esos instrumentos jurídicos, leyes estadales y las ordenanzas. Un arduo e incansable trabajo legislativo, de estudio e investigación emplaza y convoca. Que las artesanas y los artesanos legislen, sin ningún tipo de complejos. Una revolución tiene que crear, hacer y aprobar leyes revolucionarias. Hay que desarrollar los derechos culturales constitucionales en las figuras jurídicas de los estados y municipios. Un principio debe orientar esa acción legislativa: la filosofía de la norma, la ponen los dolientes; su hechura técnica, la realizan los especialistas. La labor debe ser compartida, complementaria; creadora, revolucionaria, integral y solidaria.
8. Históricamente resulta necesario señalar algunos logros significativos de tales leyes. En sí mismas constituyen un indiscutible logro y reivindicación social sin precedentes en la historia de la legislación cultural, en general, y en la historia de la normativa artesanal, en particular. Esos logros alcanzan una longitud cualitativa sin precedentes para un específico y propio gremio o sector de la cultura de Venezuela. Considerar los logros y alcance forman parte de un reconcomiendo histórico legislativo de alcance nacional y de primera vez en la historia cultural de Venezuela. La artesanía dejó de ser un tópico cultural municipal para lograr una proyección nacional, primero, y luego, con la Constituyente de 1999, colocarse y formar parte del texto constitucional. No solamente en términos culturales sino, también, en términos y en relación directa con el sistema económico, logrando que el Estado tenga que atenderla con el carácter de protección especial, tanto como parte de las culturas populares, en general, como en sí misma. Un orgullo cultural posee los artesanos, fuera de toda inmodestia. Por primera vez en la historia cultural de Venezuela, la artesanía es incorporada a una Carta Magna. Han quedado atrás la subestimación, la indolencia de la administración pública, el abandono institucional. Es necesario legislar en los municipios y los estados; es requerido difundir y enseñar tal norma jurídica artesanal. Es vital el empoderamiento de tal instrumento jurídico artesanal, tanto del vecino, de la comuna como el de los creadores y creadoras de la artesanía. El Día de San José, artesano, ha sido reivindicado.
9. La Ley de Fomento y Protección al Desarrollo Artesanal, estuvo vigente durante los años…1993 al 2015. 22 años fueron suficientes para emprender su reforma, la cual culminaría con una nobel Ley de Artesanía. Venido el proceso bolivariano y con él la constituyente, la artesanía, que desde la Colonia hasta el año 1993, tenía un instrumento jurídico municipal, en la década de los noventa alcanza a conquistar un instrumento legal de carácter nacional para luego conseguir la condición constitucional en la Carta Magna de 1999. De esa manera, alcanzaría rango fundamental y constitucional, tanto implícita como explícitamente. No sólo logra el reconocimiento superior como parte de las culturas populares, sino que también logra ser considerada como actividad incluida en el aparte constitucional sobre el sistema económico. Y tal condición queremos reiterar, insistir, demostrar. Se alcanzó un logro constitucional revolucionario en relación con las artesanías.
10. La artesanía es definitiva y resueltamente incluida en el Régimen Socioeconómico y de la función del Estado en la economía., ¡Qué vendedores ambulantes tan privilegiados! Dejamos al lector y lectoras estas diez notas raudas, quizás, también, precipitadas. Notas llenas del orgullo cultural de haber contribuido desde la humilde sapiencia de la legislación cultural a brindar una base teórica-conceptual-jurídica a estos creadores y creadoras de la artesanía en su extraordinario combate por los derechos culturales, la dignificación de la artesanía y de su reconocimiento histórico en su condición de artesanas y artesanos, trabajadores y trabajadoras culturales. Mayo tiene sus encantos mágicos, sus tradiciones extraordinarias y es el mes que muestra con contundente festividad más celebraciones que todos los demás meses del año. La dimensión artesanal de la Santísima Cruz de Mayo es un hecho cultural de una tremenda extensión popular. La fe y la cosecha se encuentran en un mismo altar. Por ello culminamos esta entrega con estos desatinados versos:
Bendigo a la Santa Cruz
y lo digo con esmero
por ser un hecho sincero
de profunda artesanía
Lo digo con alegría
Con prestancia y compromiso
A este madero divino
Evoco con emoción
Y grito a todo pulmón
Que viva la artesanía