En el proceso de adaptación de la legislación social, a la progresividad de los derechos y garantías de los trabajadores y trabajadoras, de la Constitución Humanista vigente, ocupa un lugar preferente, de alta intensidad la seguridad y salud laboral. (Art.do 87 CB).El bien Jurídico Tutelado como garantía de nuestra carta Magna es que toda persona tienen derecho a que todo patrono o patrona del sector público o privado debe garantizar a todos sus trabajadores o trabajadoras condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuado. El estado tiene la obligación de adoptar medidas y crear Instituciones que permitan el control y la promoción de estas condiciones laborales con carácter prioritario por ser normas de orden público Social.
Para ello se reformó la Lopcymat (Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente en el Trabajo) del 26-06-05 (G.O. No. 38.236). El órgano ejecutor en sede administrativa es precisamente el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (Inpsasel), que debe garantizar a favor de los laborantes del sector público y privado con la sola excepción de la Fuerza Armada, el trabajo en condiciones de seguridad e higiene laboral garantizada constitucionalmente. Pero a los civiles que prestar servicio de las fuerzas armadas si se le aplican,
Es un instituto autónomo, con personalidad jurídica, patrimonio propio e independiente del Fisco Nacional. Tiene como finalidad general garantizar a la población laboral condiciones de seguridad y bienestar, en ambiente adecuado, propicio para el ejercicio de las facultades físicas, y mentales, mediante la promoción de un trabajo seguro, saludable y evitar los accidentes y enfermedades ocupacionales.
Entre sus competencias administrativas, que son amplias, tenemos: ejecutar las políticas de seguridad y salud laboral, elaborar el plan nacional en esa materia, ejercer funciones de inspección, fiscalización, aplicar multas, asesorar a trabajadores y patronos en el área, calificar el grado de riesgo de las empresas, desarrollar programas de educación y capacitación para los laborantes y empleadores, actualizar la lista de enfermedades ocupacionales, calificarlos e investigarlos, asesorar al Ejecutivo sobre acuerdos y convenios internacionales.
Tiene un directorio con un presidente, un representante del Ministerio de Salud, del Incret, de los sindicatos, empresarios, cooperativas y formas asociativas. Debe garantizar la seguridad, salud y bienestar de nuestros laborantes. Esto es Justicia Social Laboral muy necesario en las épocas de crisis y del coronavirus
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