Todo lo que se hace por amor, se hace más allá del bien y del mal. Friedrich Nietzsche.
Cualquiera, sin mayor sensibilidad, pudiese decir que Nietzsche exageró al escribir esa frase. Sí usted es de esas personas, lo respeto y espero, de corazón, que los efectos del amor no lo tomen por asalto y lo hagan rodar cuesta abajo la rodada, que en boca de Carlos Gardel o interpretada por Los Terrícolas trasmite una emocionalidad abrumadora. Pero hay una canción, que encumbró a nuestro Simón Díaz, Caballo Viejo, (https://www.youtube.com/watch?v=4slLpbnoN5A) que nos facilitará la comprensión del tema que abordaremos hoy, basta tararear: Cuando el amor llega así de esta manera. Uno no se da ni cuenta. Para entender que les hablaré de la relación de una jovencita y un hombre mayor, que fue dada a conocer públicamente cual novela negra, un subgénero de la narrativa policial que enfatiza lo horrendo de las inclinaciones humanas.
El caballero mayor, de nombre Naurys David Briceño, conoció a una jovencita por las redes sociales, como lo hace un gentío por estos días, con el paso del tiempo se sintieron atraídos a pesar de la diferencia de edad, 16 años ella y 50 él, una brecha que no fue obstáculo para que se entendieran, compartieran intereses y decidieran, tengan muy presente esta conjugación del verbo decidir, en tercera persona del plural, o sea, ellos decidieron unir sus vidas, fue algo espontáneo, como espontáneo fue su amor.
Para concretar su unión, el caballero se traslada a Maracaibo a buscar a su damisela para irse a vivir en Margarita, en casa de él. La jovencita vivía con su abuela, desde pequeñita, por la separación de sus padres, con el padre siempre estaba en contacto, pero con la madre difícilmente se entendía, al punto de que prácticamente no tenían comunicación alguna. A la abuela, en conocimiento de que su nieta estaba enamorada de un hombre mayor, no le extraño que se fuera con él, al papá tampoco, pues sabía de ese enamoramiento.
El problema surgió porque la mamá, Lisaura del Valle Noguera Gil, denunció que la jovencita, menor de edad, estaba desaparecida, aun cuando sabía de lo decidido por su hija, y resulta que, montándose en el ferry, funcionarios del CICPC de Puerto La Cruz detienen al caballero, a Naurys David Briceño, a quien lo tomó por sorpresa lo de la denuncia, y más que eso que lo señalarán de haber abusado sexualmente de la jovencita y… de ser líder de una banda internacional de trata de blancas. Eso fue en agosto de este año, la aprehensión, y continúa tras las rejas. De paso, expuesto al escarnio público, dicen que por obra y gracia de Lisaura, quien es periodista, al igual que su actual pareja. De tal manera, que todo se trataría de una mala jugada.
Primero, el delito de trata de blancas le va a costar un mundo probarlo, los pesquisas del CICPC de verdad se esforzaron en estructurar un cuento creíble, porque eso, es un cuento y malo, y el fiscal Ángel Malavé lo puso peor con un relato que contradice la Teoría General del Delito. El otro delito, abuso sexual con adolescente, de entrada, les digo que no es tal, al menos en este caso, y, en ese sentido, la peor piedra de tranca que tienen el fiscal, Angelito, y el juez Jhonny Rondón Meneses, es que la jovencita, además de corroborar que “ama” a Naury, en una audiencia de prueba anticipada, en la cual participaron dos tribunales, sostuvo, en clara y viva voz, que consintió en tener el acto sexual al calor del amor que se profesan el uno por el otro. Y eso, eso sí no es cuento.
Tampoco es cuento la atipicidad del delito tipificado y sancionado en el artículo 260 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), según el cual, si la adolescente dice que actuó con él de manera consensuada, es decir, que ella consintió en el acto sexual, entonces, no hay delito, así de simple. Lo demás es querer perjudicar a un caballero, que, como el caballo viejo, fue flechado por una potranca y ella le correspondió. El problema aquí lo están creando, además de Lisaura, el fiscal Ángel Malavé y el juez Jhonny Rondón Meneses, quienes no quieren entender, que el delito que ellos ven, no existe.
Antes de proseguir con la atipicidad del delito, y tratándose de que les entorpecieron su proyecto de vida a desarrollarse en Margarita, quiero hacerles una pregunta, ¿qué edad tenía Luisa Cáceres cuando el viudo y general Juan Bautista Arismendi la pidió en matrimonio? Menos de 14 años, o sea, a ese general, con todo lo héroe que fue y como lo recordamos, en esta época si le salía cárcel, porque el 260 establece que antes de los 14 años el acto sexual con una niña de esa edad, con o sin consentimiento, es delito, no así después de los 14 años cumplidos, y eso no lo quieren entender Lisaura, Ángel y Jhonny, está bien que la primera no conozca de derecho, pero los segundos pareciera que son tan ignorantes en esa materia como ella, después les dicen tapa amarilla y se molestan.
El otro que se niega a entender esa situación es el comisario Miguel Borrero, que pareciera mandar más que Douglas Rico y estar encima de las leyes y el sistema de administración de justicia, porque desechó peticiones judiciales, de jueces, para que Naurys David Briceño se comunicara, vía telemática, con uno de sus hijos a los fines de otorgarle un permiso de viaje. En mi muy humilde opinión creo que se les está pasando la mano y estarían incurriendo en violaciones de derechos fundamentales que muy bien se pudiesen denunciar e instancias internacionales. Si acaso se salva Lisaura.
Ustedes me dirán que lo de Luisa Cáceres fue en el siglo XIX, específicamente en el año 1814. Buen punto, porque, aunque la conducta del ciudadano Naury Briceño pudiese lucir reprochable, por meterse a vivir con una chamita, es sólo eso, reprochable, pero no constituye delito. La norma del 260 dice que haya habido el acto carnal sin consentimiento, y ahí lo hubo, por lo tanto, no procede aplicarlo, como pretenden Lisaura, Ángel y Jhonny, vale decir, la mamá de la jovencita, que no se ocupa de ella desde pequeñita, el fiscal, el juez y hasta el comisario Borrero en el afán insano de ganarse un cangrejo, lo que puede ganarse es un boleto para el despacho de Karin, el que le arrugó la cara al sucesor del difunto eterno.
Disculpen que sea reiterativo, pero es necesario, porque mientras Tarek William Saab anda jugando a la escuelita de fiscales, estos andan haciendo desmanes. En este caso, el supuesto de hecho que contiene la norma del 260, no se aplica, no hay un nexo de causalidad ahí, no hay delito. Porque resulta que la muchacha hizo el acto sexual consensuado, tiene 16 años, sí, pero ella consintió en el acto. La conducta delictual es cuando se tiene relaciones con una adolescente sin su consentimiento o cuando esta adolescente, que ya no sería tal, sería una niña, es menor de 14 años, que es muy diferente, ahí, aunque haya habido consentimiento, si hay delito, porque no tiene la capacidad de discernimiento para decidir sobre su sexualidad, pero una muchacha de 16 años sí, si tiene claridad cognitiva para ver que está bien y que está mal.
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