“La Universidad es fundamentalmente una comunidad de intereses espirituales…en la tarea de buscar la verdad y afianzar los valores trascendentales del hombre”… “Las Universidades son Instituciones al servicio de la Nación y a ellas corresponde colaborar en la orientación de la vida del país mediante su contribución doctrinaria en el esclarecimiento de los problemas nacionales”. (Artículo 1 y 2. Ley de Universidades).
Con una neta intención a favor de la institución universitaria, siempre motivado por el “interés espiritual” bien marcado, y así establecido en los propios artículos 1 y 2 de la Ley de Universidades vigente, que bajo ninguna condición o imposición se dejará de cumplir en el caso personal, muy respetuosamente se hace entrega de la segunda parte de: A propósito del proyecto de “Ley de Educación Universitaria”. (Parte I en: https://bit.ly/3KeY2qL)
Pero antes, con entera confianza en Dios Padre Todopoderoso, la Divina Misericordia de Jesucristo, la Fuerza del Espíritu Santo y el Sagrado Corazón de la Inmaculada Virgen María, exhortamos que sean tomadas en cuenta por la integralidad de todos los genuinos representantes de la comunidad universitaria en pleno (estudiantes, obreros, administrativos, docentes, egresados y autoridades), al igual que todos aquellos funcionarios del “Poder Público Nacional” que realmente tengan “ciencia, conciencia, querencia y competencia” integral en todo lo relativo al subsistema de educación universitaria (en todo lo que involucra y representa), además de reiterar nuestra disposición en contribuir en la medida de las posibilidades, en lograr efectivamente el diseño definitivo de una plataforma normativa, que transforme pertinente, equitativa y sustentablemente la Universidad venezolana a favor de nuestra querida Venezuela.
IPAP-PIRU:
Acorde a un par de propuestas presentadas por la Asociación de Profesores de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (APUNET), de la siguiente forma reza una de las resoluciones producto de la reunión ordinaria de la Federación de Asociación de Profesores Universitarios de Venezuela (FAPUV), realizada el 19 de julio de 2018 en la sede de APROUPEL, Caracas, Distrito Capital-Venezuela:
“Dado el mandato establecido en la Ley de Universidades, presentar por parte de FAPUV en las diferentes instancias gremiales, gubernamentales y en general del Estado venezolano donde sea posible:
1- La metodología del Índice de Poder Adquisitivo Pertinente (IPAP) como una alternativa viable, factible y sustantiva de solventar los desequilibrios a nivel individual de los trabajadores y de la economía a nivel macro;
2- La propuesta de un Plan Integral de Reconstrucción Universitaria (PIRU) con impacto positivo sobre la reconstrucción y reactivación del país”.
Ciertamente, en lo que refiere al IPAP, el mismo está asociado a una propuesta de estructura salarial indexada que se proyecta desde el nivel del salario mínimo constitucional, es decir, el “Salario Mínimo Vital, contemplado en el artículo 91 de la Constitución de Venezuela (CRBV), y cuyo monto en su inferior escala (nivel conservador) en este momento no debería ser inferior a los 1500 dólares por mes (Léase bien por favor: mil quinientos dólares, y nunca por debajo de la línea de pobreza internacional que es lo que devengamos los venezolanos con renta fija, tal el caso de la comunidad laboral del sector público)
“El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras del sector público un salario mínimo vital que será ajustado cada año, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica” (CRBV. Artículo 91)
Con respeto a la propuesta del “Plan Integral de Reconstrucción Universitaria” (PIRU), sienta sus raíces a finales del año 2003 bajo el esquema: “La Gestión Administrativa como soporte de la Gestión Académica”. Luego se ha venido considerando parcialmente en:
*La declaración de emergencia académica en sesión extraordinaria 026/2015 del Consejo Universitario de la UNET: “Instruir a los responsables de la gestión académica y administrativa, para que coordinen la labor de sincerar, cualificar y cuantificar las necesidades críticas de la universidad…”
*“El análisis exhaustivo de los procesos académicos afines a cada asignatura o unidad curricular” considerada en la sesión extraordinaria 032/2016 del Consejo Universitario de la UNET.
Pertinente sea entonces mostrar la primera parte del documento que dio soporte a dichas resoluciones, titulado en julio de 2015 como: “Algunas ideas estratégicas y de corte estrictamente institucional para enfrentar la crisis universitaria”. Las mismas podrían ser consideradas y adaptadas a las características propias de cada universidad.
1. El Consejo Universitario está en la imperiosa obligación de declarar el estado de emergencia; y de aprobar e implementar de manera inmediata un “Plan Institucional”, que debería considerar entre diversos aspectos los siguientes:
1.1. Urge que la Gestión Académica y la Gestión Administrativa, establecidas reglamentariamente, dirijan y coordinen la labor de sincerar, cualificar y cuantificar la ambiciosa tarea de “cuantificar la crisis universitaria”. Responsables: Vicerrectorado Académico-Vicerrectorado Administrativo y COPLAN. Plazo: de inmediato
1.2. El sector estudiantil, a través de una representación muy noble y talentosa, ha cumplido una fase del análisis prospectivo, con una labor invalorable (aunque no les compete) de levantar una data o información de significativa importancia en lo que refiere por ejemplo a la sensibilización o concientización de la situación problemática que coexiste en la vida universitaria. Sin embargo, la administración de los procesos relacionados debe acometerse de inmediato, a la tarea de complementar la “cuantificación” (y las dos fases previas: sincerar y cualificar), e iniciar una actualización o auditoria exhaustiva de todo lo que les compete. Por tanto se exige: un documento institucional donde se encuentre de manera plena la información actualizada respecto a la infraestructura, los procesos, recursos, proyectos (actuales y requeridos), etc., involucrados en el desarrollo de una educación y academia de excelencia. Responsables: Autoridades y decanos. Plazo: septiembre 2.015.
1.3. La condición que la UNET sea “experimental”, la faculta para proponer alternativas académicas acordes con su realidad particular. En tal sentido, debe fijarse la misión de formular perentoriamente un proyecto de mini semestre o una alternativa análoga (de los cuales existen precedentes: resolución 002/2005 del CU), de manera de ponerla en práctica en el próximo periodo académico. La misma permitiría desde el punto de vista estrictamente económico una optimización de los recursos disponibles. Y en el caso, que algunas carreras no puedan desarrollarse bajo esta modalidad, seguir con el formato del semestre. Responsables: Vice Académico y Decano de docencia (Plazo: 15 días)
1.4. El documento final, producto de las comisiones encargadas de “cuantificar la crisis universitaria”, es preciso que sea presentado para su consideración y oficialización respectiva ante el Consejo Universitario de la UNET. Donde todos los consejeros fijen una posición al respecto, y de manera concertada (sincera y autocritica), lleguen a una declaratoria o manifiesto a favor de la Universidad. Responsable: Rector
1.5. Igualmente que este documento final, y todos aquellos que se deben derivar, es preciso que se diligencien ante las autoridades gubernamentales competentes. Donde el Rector de la UNET, el representante del Ministro de Educación Universitaria (que también es docente de nuestra Universidad), y una comisión universitaria, se reúnan cívica e institucionalmente con las autoridades regionales y nacionales, para presentarles los requerimiento de gastos de funcionamiento y de inversión en infraestructura para la UNET. Responsable: Rector y Comisión por designar Plazo: menos de un mes.
1.6. Debe tenerse en cuenta, que la crisis universitaria se ha venido acumulando desde hace siete años y cada día se viene agravando, y la misma requiere ahora, organización, método y “paciencia gerencial”. Todas las carreras inmediatamente deben presentar antes las autoridades académicas y administrativas de la UNET, sus requerimientos mínimos que permitan culminar el semestre. Y las autoridades deben argumentar y buscar la viabilidad inmediata con los recursos económicos y financieros disponibles. Responsables: Autoridades Plazo: menos de un mes.
1.7. Se requiere tener actualizado un “Plan de Infraestructura Universitaria”. Que entre otros aspectos, detalle y documente (cualitativamente y cuantitativamente), todo lo relacionado a la consolidación de una “campus” universitario acorde a la actual realidad. Se exige en lo particular tener a disposición todo lo concerniente al proyecto del edificio 8, donde en particular las carreras de arquitectura e ingeniería civil se les deben comisionar esta esencial tarea. Responsable: Unidad de desarrollo físico Plazo: tres meses.
1.8. Aprovechando las bondades que ofrece la Educación Virtual a Distancia (EVAD) donde la UNET se encuentra inmersa desde el año 2.000, y dada la experiencia que posee en estudios teledirigidos a distancia desde sus propios inicios (utilizando los medios audiovisuales), es momento que se ofrezcan en definitiva alternativas educativas en diferentes carreras y asignaturas…Rescatando y reactivando para ello la plataforma comunicacional en lo que refiere a la radio y circuito de televisión, y renovando convenios como los suscritos con la ATEI. Responsable: CODE. Plazo: tres meses.
1.9. La UNET tiene variada cantidad de convenios de cooperación académica con distintas universidades nacionales y a nivel internacional. Es una fortaleza que requiere ponerse a disposición de toda la comunidad universitaria, para de manera estratégica poder beneficiar los procesos de enseñanza y aprendizaje que se desarrollan. Plazo: de inmediato.
1.10. Todo proyecto de “autogestión” de recursos, debe comisionarse su formulación para ser elevados a las instancias correspondientes para encontrarle su viabilidad normativa, y de una vez por todas aprobarse para su ejecución. Plazo: dos meses.
1.11. La situación del país, proyectada a todas las dimensiones de la sociedad, exige en el caso particular de la UNET disponer de un nuevo “Reglamento de la Universidad”. Responsable: CU. Plazo: tiempo perentorio.
1.12. La carencia de legitimidad generada por la suspensión de elecciones universitarias, y el dejar que pase el tiempo sin hacer nada contundente al respecto, ha propiciado la generación de un clima organizacional saturado de ingobernabilidad. Necesario entonces reactivar el respectivo proceso electoral a partir de nuestro reglamento electoral (fidedigno de participación proporcional). Responsable: CU. Plazo: de inmediato
1.13. Urgentemente se requiere revisar y modificar las normas que regulan las Normas de Personal Académico, Normas de disciplina académica, etc. Responsables: CU. Plazo: de inmediato.
Atmósfera espiritual:
Todos hemos venido a esta vida a cumplir una misión encomendada por Dios. Llegará el momento en dar cuentas por la forma en que utilizamos los dones y talentos. “Aquí estoy, Señor, para hacer tu voluntad” (Salmo 39)
Fuente: “Perspectiva Económica y Académica Contemporánea”. UNET. Años: 2018 al 2022.
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