En la primera semana de vigencia del IGTF es evidente su improvisación

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El directivo de la Cámara de Comercio e Industria del Municipio Caroní (CamCaroní), en el estado Bolívar, Camilo London, señaló que la reforma de la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) estableció un breve lapso de solo 30 días para su entrada vigencia, después de conocerse su texto publicado en la Gaceta Oficial.

Asimismo, indicó a través de su cuenta en la red social Twitter que la reforma de la Ley de IGTF suma a millones de nuevos contribuyentes, como es el caso del ciudadano común consumidor, que paga divisas a un Sujeto Pasivo Especial (SPE) sin mediar un banco en esa operación.

Sostuvo que dado el inviable control fiscal de la Administración Tributaria a los millones de nuevos contribuyentes del IGTF por pagos en divisas, se requirió designar a los Sujetos Pasivos Especiales como Agentes de Percepción del tributo.

Al designar el Seniat a los Sujetos Pasivos Especiales como agentes de percepción del IGTF, se establecen a estas nuevas formalidades y procedimientos inherentes al control fiscal de dicha percepción.

“Las obligaciones dispuestas para los Sujetos Pasivos Especiales como agentes de percepción del IGTF supone cambios en su rutina administrativa, inversión tecnológica y de Recursos Humanos, que exige tiempo, recursos, una adecuada planificación y su ejecutoria”, sumó.

Comentó que el Seniat dio 6 días hábiles para que los Sujetos Pasivos Especiales pudiesen adaptar sus sistemas de facturación, entrenamiento de personal, inversión en nuevos equipos, asesorarse e iniciar la percepción del impuesto.

Otros de los afectados con la reforma, en lo atinente a la necesidad de adecuación de sistemas y procedimientos, fueron los bancos que fungen como agentes de percepción del IGTF en las operaciones que se realizan en divisas dentro del sistema nacional.

Manifestó que no se requería mayor esfuerzo para predecir que el tiempo dado para las adecuaciones de los SPE, la banca y la propia administración tributaria, de solo 6 días hábiles, sería muy poco para semejante empresa colectiva.

Cabe destacar que el pasado 27 de marzo, entró en vigencia la reforma de la Ley del IGTF y el 28, el régimen de percepción dictado por el Seniat, con muchas empresas sin haber podido hacer oportunamente los cambios en sus sistemas de facturación para refleja el impuesto.

Explicó que la solicitud de prórroga de aplicación del régimen de percepción realizada por Consecoercio y Asociación Venezolana de Derecho Tributario, entre otros, no fue ni entendido, ni atendido oportunamente por las autoridades gubernamentales.

La solicitud de prórroga para aplicar el régimen de percepción del IGTF tuvo plena justificación por necesidad de mayor plazo para informar a ciudadanos y agentes de percepción de lo que implica, y como opera el nuevo tributo a las operaciones en divisas

“Finaliza el mes de marzo y en la primera semana de vigencia de la Ley del IGTF reformada es evidente la improvisación que nuevamente atenta contra la necesaria eficiencia que debe tener una gestión de Gobierno centrada en el ciudadano”, apuntó.

El también especialista en tributos cree que el recorrido de la reforma del IGTF inició mal cuando la Asamblea Nacional (AN) omitió el artículo 211 constitucional y luego acumula más desaciertos. “Muchos de ellos por la negativa de escuchar al ciudadano y limitar su derecho de participación, consagrado en la Carta Magna”, finalizó.

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