Abraham Blanco González: ¡Una democracia participativa y protagónica!

Compartir

 

Al momento de escribir este artículo se celebra el natalicio de Simón Bolívar, nuestro Libertador. Sin duda un hombre que destacó por sus grandes virtudes cívicas, un militar, estratega, libertario, republicano y defensor de las leyes. Es además en nuestra memoria histórica nacional el mejor referente que podemos tener para guiar nuestras acciones del presente en procura del bien común para nosotros y las futuras generaciones, una demostración de perseverancia, coraje y valentía. En ese orden de ideas considero muy importante el abordaje de los conceptos que hoy rigen nuestro modelo democrático. A pesar de los grandes problemas estructurales que tenemos, hoy nuestro marco jurídico nos mantiene en un modelo democrático que llama a la participación de cada uno de sus ciudadanos.

Es necesario destacar algunos de los principios fundamentales que conforman la Constitución de nuestro estado democrático, social, de derecho y de justicia. El artículo 6 de nuestra carta magna establece que el gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y las entidades políticas que lo componen serán siempre de carácter democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables. Consagrándose la constitución como la norma suprema de nuestra República y pilar fundamental de nuestro ordenamiento jurídico a cuya función toda persona y órgano del Poder Público está sujeto. Nuestra primera Ley establece la naturaleza participativa y protagónica de nuestro sistema político cuando en su artículo 4 claramente dice: La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente por los órganos que ejercen el Poder Público, en efecto cada uno de los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.

Valdría la pena hacer un recuento de nuestra historia contemporánea y comprender porqué hemos llegado a nuestro sistema político actual. Miriam Kornblith, socióloga venezolana e investigadora del Instituto de Estudios Políticos de UCV escribió a mediados de la década de los 90: “Los críticos sucesos ocurridos en el quinquenio 1989-1993 evidenciaron la existencia de una seria crisis sociopolítica  y constituyen dramáticas señales de los cambios y rupturas ocurridos en el sistema político venezolano (…) deficiencias significativas que emergen con agudeza: excesivo centralismo, desigualdad socioeconómica, clientelización de las relaciones entre el Estado, ciudadanos y organizaciones, partidización de instituciones y decisiones, corrupción administrativa.”  Un contexto de escasez institucional que generó grandes tensiones y frustraciones, que no resultaron fácilmente canalizables a través de los mecanismos existentes. Crisis en el modelo de representación y legitimidad que rechazó a la partidocracia, liderazgo partidista que se estancó tanto desde el punto de vista ideológico como generacional.

En 1999 iniciamos una nueva era en nuestra manera de conducir los asuntos públicos, a través del Movimiento Quinta República (MVR) que irrumpió en la política nacional se inició el proceso hacia una Asamblea nacional constituyente, dando nacimiento a nuestra actual carta magna, garante del modelo democrático, participativo y protagónico. Es fundamental que cada ciudadano tenga presente los actuales mandatos constitucionales:

Artículo 62. Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas. La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo.

Artículo 70. Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, las iniciativas legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante.

El desarrollo de la ciudadanía en el actual modelo democrático está garantizado por la Ley Orgánica del Poder Popular que tiene como objetivo generar las condiciones para los diversos medios de participación y organización presentes en garantía del ejercicio pleno de la soberanía, respeto de las instituciones republicanas y edificación del estado comunal. Es la Asamblea de ciudadanos y ciudadanas la máxima instancia de participación y decisión de la comunidad organizada, conformada por la integración de personas con cualidad jurídica, según la ley que regule la forma de participación, para el ejercicio directo del poder y protagonismo popular, cuyas decisiones son de carácter vinculante para la comunidad, las distintas formas de organización, el gobierno comunal y las instancias del Poder Público.

Podemos finalizar esta columna con el artículo 132 que establece: Toda persona tiene el deber de cumplir sus responsabilidades sociales y participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país, promoviendo y defendiendo los derechos humanos como fundamento de la convivencia democrática y de la paz social.

En nosotros los ciudadanos está que rumbo queremos tomar.

Politólogo UCAT

 

Traducción »