La manifiesta precariedad de los vecinos de Santa Ana de Coro en cuanto al sistema de salud, irrisorias pensiones del IVSS, frecuentes interrupciones del fluido eléctrico, el incremento del precio del gas doméstico, el racionamiento de agua potable por tuberías, la hiperinflación- especulación en dólares y bolívares de los bienes y servicios, escases de la gasolina y el matraqueo de las autoridades en las alcabalas móviles y fijas, deplorables estado de las telecomunicaciones, le sumamos el peculado de uso de los bienes públicos por parte de algunos funcionarios del ejecutivo nacional, regional y municipal.
La diferencia más significativa de la Constitución venezolana de 1961 y la Constitución de 1999, es la figura del “Defensor del Pueblo” con poder y fuerza para canalizar y exigir con vigor el compromiso y solución efectiva de toda esta problemática que enferma, estresa, deprime y angustia a la comunidad falconiana.
Qué bueno seria, que el defensor del pueblo, con sus funciones orgánicas bien definidas y tipificada en la constitución y las leyes, se abocara sin más dilación a exigir con coraje al SUNDDE sus obligaciones de vigilar los pesos y medidas de los bienes y servicios, especulación, pollos congelados, productos vencidos, etc.
Agradaría, que el defensor del pueblo, informe a los ciudadanos que está haciendo por el pueblo y sobre todo queremos saber su planificación, compromiso y tiempo de repuesta de los organismos e instituciones responsables de solucionar los males del pueblo.
La mayoría de los falconianos, no saben el nombre del defensor del pueblo ni el de Venezuela ni el de Falcón, sencillamente porque su gestión es extremadamente discreta. Los ciudadanos no llevan denuncias a su despacho porque no encuentran ecos de solución.
Aún hay tiempo y oportunidad para que el defensor del pueblo haga realidad la defensa de los derechos constitucionales del pueblo.
Es justicia.