Revisando el proyecto de ley de educación superior que recién aprobó la Asamblea Nacional, me pregunto: ¿cómo es eso de que un ser humano tenga tanta capacidad de resistencia para levantar el brazo y decidir, después de tantas horas discutiendo artículo por artículo, y a las tres de la madrugada, un texto de la importancia y trascendencia como lo es una Ley de Universidades? Mire usted, el proyecto cuenta con 105 artículos, 201 numerales, 56 literales y 10 disposiciones transitorias. Como decía mi padre Andrés: “Una guará”. No solamente el diputado debe leer el texto, sino analizar su lectura para poder emitir juicio de opinión. Tan sencillo como eso.
Además, la definen como “Un bien irrevocablemente público, al servicio de la transformación de la sociedad, en función de la consolidación de la soberanía, defensa integral e independencia nacional,… en el marco de la construcción de una sociedad socialista”. Lo primero es aceptable, pero de una “sociedad socialista”? ¿Y qué pasó con el referendo constitucional del 2007 cuando la mayoría dijo que no quería socialismo? En cuanto a las facultades que tendrá el ministro de educación superior, éste será quien regule, supervise y controle las actividades de las universidades oficiales y privadas.
Es decir, podrá crear y autorizar programas de formación de pregrado y postgrado, decidir sobre el ingreso a las instituciones de educación universitaria, así como los mecanismos de control sobre la permanencia, prosecución y egreso; la creación, modificación y supresión de programas de formación, creación intelectual e interacción con las comunidades; la matrícula estudiantil de las instituciones de educación universitaria, así como la nómina de los trabajadores académicos, administrativos y obreros; la propiedad intelectual; el régimen de fijación del cobro de la matrícula, aranceles y servicios administrativos que cancelan los estudiantes, sus representantes o responsables, en las instituciones de educación universitaria de gestión privada; entre otras facultades y atribuciones. Es decir, que el señor ministro tendrá todo el poder para decidir sobre el desarrollo de las actividades que se lleven a cabo dentro del Claustro Universitario.
Nada es perfecto. El proyecto presenta incoherencias. Es decir, que en el mismo nos encontramos con articulados confusos, por ejemplo, el artículo 8, respecto al propósito de la ley, el Ministerio (como ente) puede garantizar el mejoramiento continuo de la calidad con pertinencia al desarrollo integral y la soberanía nacional; generar, recopilar y difundir información oportuna y confiable, que dé cuenta del desenvolvimiento de la educación universitaria en el país; crear y articular programas de atención y estímulo al desempeño y la dignificación continua de la calidad de vida de todos los sectores de la comunidad universitaria; entre otros propósitos con pertinencia social. En mi opinión, me parece que es un camino hacia la diversidad de soluciones a los problemas que presenta nuestra sociedad democrática. Pero cabe la pregunta: ¿Dónde quedan las Facultades, los Decanatos, las Escuelas universitarias?
Una de las amenazas podría ser la discrecionalidad por parte del ministro de educación superior. Es decir, por lo que he leído, el proyecto está dirigido solo a este ente. ¿Y qué pasa con la autonomía universitaria? ¿Se desvanece un legado que en cualquier país democrático y participativo del mundo es el deber ser? Pienso que la universidad debe ser revisada para un mejor y pleno desarrollo científico y tecnológico. Pero con plena autonomía. Integral. Abierta a todas las corrientes del pensamiento universal. ¿Se viola el artículo 109 de nuestra Carta Magna? Ojalá que las nuevas autoridades universitarias velen por los principios de las Casas que Vencen las Sombras. Hay que abrir el debate.
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