El proceso inflacionario aun cuando es un problema económico se le debe dar un enfoque jurídico en el caso de la liquidación de las prestaciones sociales, es la opinión del Economista José Luis Alcocer al referirse a las liquidaciones de las prestaciones sociales de los jubilados de la Corporación Venezolana de Guayana (CVG), las cuales comenzaron a cancelarlas después que los afectados se declararan en huelga de hambre como forma de presión para lograr ese objetivo.
Por esa razón argumenta Alcocer, el legislador y el juez ante una intempestiva depreciación de la moneda propenden a impulsar el logro de la justicia conmutativa. Es decir, equilibrar el intercambio entre la fuerza de trabajo y el estipendio recibido. Las revaluaciones de las obligaciones dinerarias no pretenden frenar la inflación, sino atenuar sus consecuencias.
Destaca el profesional de la Economía que Venezuela en los últimos años ha venido sintiendo el flagelo inflacionario y dicho efecto se ha impactado en el ámbito del derecho. Es allí sugiere Alcocer, donde surge la necesidad de manejar el problema económico con un enfoque jurídico que sea capaz de dar respuesta al acreedor que necesita su dinero, pero en su valor real.
José Luis Alcocer explica que al indexar se actualiza el daño sufrido al momento de ordenar la liquidación y no concretar inmediatamente su cancelación, corrigiendo así la pérdida del poder adquisitivo de la moneda por su envilecimiento como consecuencia del fenómeno inflacionario. La indexación o corrección monetaria tiene como objeto adecuar el monto reclamado al costo de la vida al tiempo en que efectivamente es liquidado.
En el caso particular de los jubilados de la Corporación Venezolana de Guayana (CVG), los afectados están exigiendo que se realice una indexación al monto recibido de sus prestaciones sociales debido a que fueron jubilados hace nueve meses y hasta hace un año y ahora recientemente fue cuando comenzaron a cancelar efectivamente.