María Alejandra Aristeguieta: Venezuela ante la CPI, la misma narrativa y varios foros

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La primera investigación formal llevada a cabo por la Corte Penal Internacional (CPI) en las Américas es la que se inició sobre Venezuela en noviembre del 2021 por el caso Venezuela I, referido a las graves violaciones de los derechos humanos como las detenciones ilegales, ejecuciones, asesinatos y torturas ejecutados de manera sistemática y generalizada por las fuerzas de seguridad venezolanas siguiendo una política de Estado durante las manifestaciones del 2017, y que pueden constituir crímenes penales internacionales.

Como parte de este proceso, el régimen de Maduro ha tratado en varias oportunidades de llevar a cabo distintas estrategias dilatorias haciendo uso del procedimiento establecido en el propio Estatuto de Roma. En este caso, interpuso en el mes de junio de este año una apelación ante la CPI para detener el trabajo del fiscal Karim Khan, al que la Sala de Cuestiones Preliminares le había autorizado a reanudar la investigación luego de una moción anterior del régimen en la Sala de Cuestiones Preliminares también para impedir que el Fiscal Khan realizara las averiguaciones una vez que dio inicio a la investigación formal. En la primera oportunidad, el fiscal Khan se vio forzado a detener su trabajo hasta que la Sala de Cuestiones Preliminares emitió su informe y lo autorizó a proseguir, en esta oportunidad, a pesar de que los representantes del Estado venezolano exigieron que mientras se decidía sobre la apelación el fiscal cesara en su trabajo sobre Venezuela, esta solicitud fue denegada incluso antes de la audiencia para escuchar los alegatos, la cual se llevó a cabo el 7 y 8 de noviembre en curso.

En la audiencia que se abordaron los supuestos errores en los que había incurrido la Sala de Cuestiones Preliminares, tales como: la falta de identificación de los casos por parte del fiscal, la negativa de trabajar con documentos en español, el uso de documentos no originales, el contexto de los crímenes bajo averiguación y la investigación de crímenes que no están en el ordenamiento jurídico venezolano (aunque están en el Estatuto de Roma, que por la vía de la ratificación, es considerado parte del ordenamiento jurídico venezolano).

Pero las razones de fondo que traslucieron de la audiencia son otras y son parte de la política exterior del régimen:

1. Plantear que es un proceso político o motivado políticamente, porque fue remitido por seis Estados Partes (Grupo de Lima) a la Corte en 2018, y que al ser remitido por Estados, se obvió la etapa preliminar de la investigación, lo cual no es cierto pues la etapa preliminar duró alrededor de dos años y la llevó a cabo fundamentalmente la fiscal anterior, Fatou Benzouda.

Es de destacar que este planteamiento de la motivación política lo usan también para descalificar el trabajo que lleva a cabo la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos creada por los países miembros del Consejo de Derechos Humanos en 2019 e impulsada por el Grupo de Lima (y que, como Embajadora, me correspondió negociar), y es muy probable que lo utilicen en la Corte Internacional de Justicia (CIJ) porque es una estrategia de descalificación que van usando en todos los foros. De hecho, durante la audiencia del martes 14 de los corrientes, Delcy Rodríguez dijo que la Corte Internacional de Justicia no tiene jurisdicción sobre la materia.

2. Que las sanciones afectan los derechos de Venezuela, en particular su derecho a la defensa. En este caso porque el Estado venezolano no puede traducir los documentos del español a alguno de los idiomas oficiales de la CPI, que son inglés o francés. Debido a este impedimento el fiscal iniciaría una investigación sin tomar en cuenta muchos de los documentos remitidos por el Estado venezolano (alrededor de 25.000, donde incluyeron mucha información irrelevante como recortes de periódico, emails, tuits etc.).

Corresponde al Estado traducir todos sus documentos, por lo que están alegando su propio incumplimiento, usando un argumento además bastante pobre, sobre todo si lo contrastamos con las tarifas que cobran los equipos de abogados internacionales como el que representó al Estado venezolano. Además, argumentaron que no se revisaron todos los casos, aunque ellos mismos habían convenido con la Fiscalía de la CPI sobre 65 casos representativos, que son los que ahora intentan descalificar.

De la misma manera, en el contexto de la ONU y el Consejo de Derechos Humanos, Venezuela rechaza la Misión de Determinación de los Hechos acusando a sus expertos de realizar informes con casos supuestamente inexistentes o con una metodología dudosa pues no han investigado dentro del país, pero para que entren, necesitan la autorización o invitación del Estado que se niega a reconocer incluso el mandato del Consejo de Derechos Humanos. Asimismo, aluden a las sanciones como las causantes de las violaciones de los Derechos Humanos en Venezuela, cuando en realidad la emergencia humanitaria venezolana empezó mucho antes de la imposición de sanciones sectoriales.

3. Ratificar la estrategia de negar q se han cometido crímenes que constituyen crímenes penales internacionales según lo establecido en el Estatuto de Roma como de lesa humanidad y que se trata de casos aislados de “excesos”. De nuevo, esta estrategia también la utilizan en el Consejo de Derechos Humanos para descalificar las investigaciones que llevan a cabo los expertos independientes internacionales de la Misión de Determinación de los Hechos, negando que en Venezuela se violen los derechos humanos, y seguramente veremos una negación de los hechos cuando se aborde más sustantivamente el tema del Esequibo en la CIJ.

Por otra parte, vale la pena resaltar algunos aspectos específicos de la audiencia ante la CPI y que son aplicables a todos los foros internacionales donde impera el derecho internacional y no la arbitrariedad y la arrogancia del poder.

Los jueces de la Sala de apelaciones son autónomos en sus decisiones y procedimientos. En este caso, decidieron que se hiciera una audiencia, que fuese pública –probablemente para combatir la desinformación y promover la transparencia–  con traducción al español, y que participaran, además de los representantes del Estado venezolano y la Fiscalía de la CPI, la víctimas a través de la directora de la Oficina para la Defensa de las Víctimas, garantizando el derecho que les ha sido denegado en Venezuela.

Y en este sentido, merece ser destacado el rol que jugó la portavoz de las víctimas, que al igual que en un foro como el Consejo de Derechos Humanos de la ONU están ejerciendo en este momento los tres expertos independientes de la Misión de Determinación de los Hechos, al asumir con valentía y sin concesiones la labor de recolectar y documentar toda información pertinente con miras a establecer las responsabilidades.

Recogiendo el contenido de las más de 2.000 respuestas al cuestionario proporcionado a las víctimas, sus familiares y defensores de manera electrónica (mediante el cual se pedía que indicaran si creían que la Fiscalía de la CPI debería continuar con su trabajo y por qué, y si consideraban que en Venezuela se estaban llevando a cabo enjuiciamientos de manera genuina, con independencia, y apegados al debido proceso, así como si el Estado protegía a las víctimas, garantizaba sus derechos, y perseguía una reparación ajustada a las leyes), la Directora de la Oficina de Defensa de las Víctimas, indicó que «las víctimas han sido sometidas a actos inimaginables de violencia, persecución y abusos contra los derechos humanos, sus familias han soportado tragedias inenarrables y tienen interés legítimo en que se responsabilice a quienes cometieron los delitos».

Es la primera vez que las víctimas, sus familiares y defensores pueden enviar material y pronunciarse sobre la necesidad o no de seguir un proceso, y tal como lo dijo la directora de la Oficina que defiende sus intereses, «mientras hablamos, en Venezuela se siguen cometiendo crímenes con impunidad», por lo que concluyó que sus representados aspiraban a que se le permita al fiscal Karim Khan continuar con sus averiguaciones porque «la Corte es la única vía judicial disponible para las víctimas en su búsqueda de justicia, las víctimas miran a la Corte para encontrar consuelo, justicia y sanación».

La decisión de la Sala de apelaciones debe saberse próximamente. Luego de esta antesala de lo que podría ser un juicio contra los perpetradores, hay mucho optimismo.

 

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