María Cabrera Armas: La violencia contra la sociedad civil en Venezuela comenzó con la instalación de la Asamblea Nacional Constituyente de 1999

Compartir

 

Lo que dice ese personaje en el audio que no sé quién es, es totalmente cierto y lo voy a desarrollar.

En Venezuela desde el 2002 comenzaron los actos de violencia contra la población civil y contra los derechos fundamentales o naturales como un proyecto político premeditado y planificado, concebido como una Política de Estado y esa, comenzó real y solapadamente con la VIOLACIÓN del referéndum del 25 de abril de 1999 referido a las preguntas y bases comiciales para la convocatoria de la Asamblea Nacional Constituyente del 9 de julio de 1999.

¿Por qué hubo esa violación que no fue advertida por la sociedad civil, sino por pequeños grupos de intelectuales juristas y dónde, hasta la Corte Suprema de Justicia cayó en la trampa y, por el racional estudio que he hecho, al Diario de Debates de la Gaceta Constituyente de Agosto Septiembre de 1999, sostengo que esa Asamblea violentó todo el Derecho, la Ciencia Jurídica y los principios básicos del Contractualismo político para darle visos de legalidad a la Constitución de 1999?

En la instalación de la ANC entre los discursos propios de su instalación, hubo un debate, sobre manera importante referido al reglamento de funcionamiento de la ANC de 1999.

En mí reflexión sobre lo estudiado y leído, esa ANC, jurídica y políticamente constituyó un GOLPE DE ESTADO silencioso.

Es decir, el Golpe militar que no pudo dar el comandante Chávez y sus seguidores en febrero de 1992 contra el Presidente Carlos Andrés Pérez, lo hizo de otra forma que parecía democrático, ultra democrático porque los constituyentes fueron elegidos democráticamente para instalar una Asamblea Nacional Constituyente.

Instalada la Asamblea se nombra una Comisión de urgencia para la elaboración del reglamento que estuvo integrada Manuel Quijada como presidente, Herman Escarrá, Ángela Zago, Gilmer Viloria, Elías López Portillo, Tarex Wiliam Saad, Alan Brewer Carías y Freddy Gutiérrez.

El articulado y las preguntas de las bases comiciales en ninguna parte contemplan el carácter originario o derivado de la nueva ANC.

La pregunta No 1 al pueblo va dirigida si convoca una ANC con el propósito de transformar el Estado y crear un nuevo ordenamiento jurídico que permita el funcionamiento efectivo de la Democracia Social y participativo.

Y, en la 2da pregunta es: sí está de acuerdo con las bases propuestas por el Ejecutivo Nacional para la convocatoria de la Asamblea Nacional Constituyente. Le establece el tiempo de funcionamiento de 180 días y en el Artículo octavo contempla que una vez instalada la Asamblea Nacional Constituyente, ésta deberá dictar su propio Estatuto de funcionamiento teniendo como ” *límites* ” los valores propios de la historia republicana, el cumplimiento de los tratados internacionales válidamente suscritos por la República, el carácter progresivo de los Derechos fundamentales del hombre y las garantías democráticas dentro del más absoluto respeto de los compromisos asumidos.

El artículo 9 reza que la nueva Constitución que redacte la ANC debe ser aprobada por referendo por el pueblo.

Es ese referendo del 25 de abril de 1999 un instrumento supra Constitucional.

Es decir, estaba por encima de la Constitución de 1961. Él fijaba las normas de la nueva ANC que sólo tenía por misión redactar una nueva Constitución.

No tenía atribuciones de originaria. No estaba facultada para suspender la vigencia de la Constitución de 1961 y por tanto no estaba facultada para suspender los Poderes Públicos derivados como la Corte Suprema de Justicia, el Congreso de la República y por supuesto el Poder Ejecutivo y los otros poderes con autonomía de funcionamiento como fue el Consejo Nacional Electoral y el Ministerio Público. Sin embargo, a pesar de carecer de ésos poderes, los constituyentes que en su mayoría súper calificados, eran chavistas, violaron la Constitución de 1961 que, conforme al referendo, estaría vigente hasta el nuevo referendo para aprobar la nueva Constitución.

El debate se centró en el artículo 1 del reglamento que de conformidad con la posición jurídica del Doctor Brewer Carías, se excedía en sus atribuciones y así lo hizo constar.

Artículo 1. La ANC es depositaria de la voluntad popular y expresión de su soberanía con las atribuciones del Poder Originario para reorganizar el Estado venezolano y crear un nuevo ordenamiento jurídico democrático. La Asamblea en uso de las atribuciones que le son inherentes, podrá limitar o definir la cesación de las actividades de las autoridades que conforman el Poder Público.

*Parágrafo* *único* : Todos los organismos del Poder Público, quedan subordinados a la Asamblea Nacional Constituyente y están en la obligación de cumplir y hacer cumplir los actos jurídicos estatales que emita dicha Asamblea Nacional.

Concluyo conforme a lo expuesto, ese artículo 1 del Estatuto de funcionamiento permitió que esa Asamblea de 1999 se considere de facto, aun cuando, se eligió por voto popular.

Es decir todas las Asambleas constituyentes anteriores, y particularmente con las grandes asambleas constituyentes en la historia del país, las que funcionaron en medio de grandes cambios políticos, como la de 1863, después de la Guerra Federal; la de 1901, después de la Revolución Liberal Restauradora y la de 1946 después de la Revolución de Octubre del año 1945, todas a pesar de las transformación, fueron de facto y aún así dejaron en vigencia el sistema jurídico, mientras redactaban la nueva Constitución.

La constituyente de 1999, habiendo sido elegida democráticamente, perdió esa condición cuando aprobó la norma 1 de funcionamiento.

Ahí, comenzó la arbitrariedad de este régimen que fue orquestado y apoyado en principio por los militares y los intelectuales de todas las ciencias. Chávez se aprovechó de esa circunstancia, porque parecía como un gran líder que nunca fue democrático, ya tenía un propósito como fue violar los derechos de propiedad, la libertad de expresión y lo peor, el derecho a la vida.

Y creó, con su reflejo una Constitución que parece que sale de los principios de la democracia y no fue así.

Ella pasó por encima de la voluntad popular, ya que esa ANC  estaba sometida al Poder Constituyente originario que es el pueblo y lo pisoteo.

La ANC, teniendo como límites los que le impuso el pueblo el 25 de abril de 1999 tanto en las preguntas como en las bases comiciales, no podía asumir el carácter originario que asumió, porque éso significó que derogó la Constitución de 1961 a trocha y mocha antes de entrar en vigencia la Constitución de 1999.

Esos hechos históricos es lo que le han permitido al gobierno chavista cometer todos los actos de violencia en flagrancia, porque ellos, en el fondo de su alma, piensan, sí nos burlamos de la soberanía que recae en el pueblo, lo podemos seguir haciendo.

Por éso, el señor del audio, está en lo cierto cuando asegura que los actos de violación a los Derechos Humanos, no son a partir del 2014, realmente son a partir, como yo lo vengo sosteniendo y lo estoy volviendo a ratificar desde la misma instalación de la Asamblea Nacional Constituyente. Fíjense, en ese momento se dijo como norma supraconstitucional que el Estado tendría los límites de los tratados internacionales debidamente aprobados por Venezuela.

¿Qué es lo que ha hecho este Gobierno?

Se ha salido del sistema Interamericano de Derechos Humanos, como la Corte y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, se separó de la Organización de Estados Americanos, no cumple con las resoluciones de la ONU y las Convenciones Internacionales y se burla de la Corte Penal Internacional y del Fiscal Penal Internacional.

También creo en que algunas ONGs sólo actúan cuando hay casos donde haya habido mucha sangre.

Está realidad venezolana es tan compleja y son tantos los problemas que le han generado al ciudadano/persona que no hay como defenderse ante tanta arbitrariedad de la tiranía del Estado desde que se inició en nombre de la democracia. Se pulieron para disfrazar la democracia de totalitarismo y lo penoso de todo es que, a pesar de lo expuesto, la comunidad internacional no ha terminado de entender semejante ultraje a la Nación.

Yo termino, no convocando, sino cumpliendo con ir a votar el domingo 28 de Julio y lo que puedo decir a los testigos de mesa que no disfruten de la logística electoral de la Plataforma Unitaria es que, por un día, sin comer exquisiteses, uno no se muere de hambre ni de sed, pero será la oportunidad para decir: con mí esfuerzo saldremos de esta oscuridad tan tenebrosa en donde estamos sumergidos; pero que, podemos superarla.

Que así como el pueblo aprobó ese referendo del 25 de abril de 1999 para catapultarlo, el 28 de julio de 2024, resucitará y se reconvertirá ante los pecados y tendrá una remisión ante los ojos de Dios.

Profesora de Derecho y Ciencia Política. Conferencista. Ph.D en Ciencia Política/Derecho, Periodista y Teólogo. Teléfono 0414 3346014 WhatsApp.

 

Traducción »