Resulta lamentable que, mientras naciones democráticas, figuras políticas, expresidentes, ONGs y la Comunidad Internacional en su conjunto pide unánimemente a la CPI que exija cuentas a Maduro y su régimen, aparezcan voces disonantes que, sin fundamento sólido ni investigación previa, emprenden una campaña de descrédito irreflexiva e insensata contra el jurista Karim Khan, Fiscal General de la máxima Corte, justo después de que se confirmara la continuación de la investigación penal por crímenes de lesa humanidad en Venezuela..
“La Fundación Arcadia solicita la recusación inmediata contra el Fiscal Karim Asad Khan en el caso El Fiscal vs. Nicolás Maduro Moros” , con el incauto argumento de “su cuñada es la defensora de Maduro en la CPI y recibe dinero del gobierno.”
Por lo menos, resulta muy extraño el inesperado interés de la Fundación Arcadia en el proceso que ha abierto la Corte Penal Internacional, CPI, contra un conjunto de funcionarios del gobierno de Venezuela, quienes presuntamente son investigados por acusaciones de haber cometido durante el ejercicio de sus funciones, crímenes de Lesa Humanidad.
Hay que aclarar, que no existe un caso del Fiscal vs Nicolas Maduro Moros. No, no existe. El caso Venezuela I está en una etapa final de investigación, donde corresponde citar a posibles responsables de crímenes de lesa humanidad, ocurridos en el país. Hasta los momentos no hay acusación formal contra persona alguna.
Decir que la abogada Alagendra es “la defensora de Maduro en la CPI”, es simplemente una afirmación incorrecta.
Nos preguntamos, ¿Nicolás Maduro tiene alguna causa personal en la CPI?. No, aún no la tiene, por consiguiente, no debe tener un abogado que lo represente, por lo tanto es falso que sea “defensora de Maduro”.
Se supone, que la abogada Alagendra recibió honorarios profesionales, como es lógico, por servicios prestados al bufete de Ben Emerson, contratado por el gobierno de Venezuela, para representarlo en la Sala de Apelaciones CPI el 7 y 8 de noviembre de 2023, en la apelación del régimen contra la continuación de investigación penal del Fiscal Khan.
Son argumentos sin sustento, cuando presuntamente procesualmente deberíamos estar a días para que, tanto el Fiscal Jefe al proponer y la Sala de Cuestiones Preliminares al conceder, medidas trascendentales para que los presuntos culpables de crímenes de lesa humanidad, sean llamados formalmente a responder por sus delitos.
¿A quién pudieran favorecer esta denuncia de esta hartamente conocida situación?
¿La Fundación Arcadia estará en conocimiento, que una duda al respecto de la minuciosa investigación, alargaría de forma considerable el tiempo del proceso? y eso ¿a quién favoreceria?
Obviamente no a las víctimas de la tortura y del maltrato.
No entraremos a analizar la postura ni las intenciones de la Fundación Arcadia con respecto a este fundamental caso, para lo que pudiera ser la supervivencia de una nación dentro de los parámetros socio económicos y políticos acordes con el siglo XXI, pero sería, por lo menos interesante, ver una declaración sobre el caso de los 23.000 millones de dólares que desaparecieron de las arcas venezolanas en manos de una o unas personas, o sobre el flagrante fraude electoral en el que el régimen intenta usurpar la victoria de Edmundo González, o sobre los niños que han sido encarcelados en las últimas semanas, de lo cual la Comisión de Derechos Humanos de la ONU se referencia en el informe presentado en el dia de ayer en la ciudad de Ginebra. Esto lo mencionamos porque observamos que son, entre otros, uno de los objetivos de la Fundación Arcadia.
Pero, no necesariamente debe ser un jurista para preguntarse ¿porque esta denuncia que de hecho de ser concedida la solicitud de inhibición por el Fiscal Khan de hecho paralizaria un proceso el cual en este momento está en su etapa final? A los ojos de cualquier interesado en este proceso no tendría justificación alguna, al menos que sea una lúgubre y complaciente razón con la dictadura y sus secuaces.
¿Dónde hace su aparición la Sra. Alagendra Venkateswara?
La Sala de Apelaciones decidió hacer una Audiencia los días 7 y 8 de noviembre del pasado año 2023 para determinar, si continuaba o no la investigación penal, en vista de las continuas apelaciones del régimen.
El régimen designó como su representante al distinguido y renombrado jurista inglés Ben Emerson, con un extenso currículum y una amplia experiencia en casos de la CPI, así como al destacado jurista español Aitor Martínez Jiménez. Ambos serán los encargados de liderar la defensa en la apelación del régimen.
Los acompañó el Ministro del régimen Iván Gil en primera fila. Ese equipo estuvo secundado por un equipo de cinco abogados, como apoyo para Emerson y Martínez Jiménez. La sra Alagendra participaba en ese grupo.
The Washington Post publicó: “Alagendra asumió un papel destacado en la defensa de Maduro durante la audiencia.” Es totalmente falso lo publicado por Washington Post, Alegendra nunca participó directamente ni tomó la palabra durante el proceso de apelación.
No puede haber defensa sino no hay caso, y no hubo ni tampoco existe un caso contra Maduro en la actualidad, al menos formalmente, por lo cual no puede haber un abogado defensor.
Es importante destacar en esta insólita y débil afirmación, que la audiencia se llevó a cabo para responder a la apelación del régimen, el cual alegó que existían cinco errores cometidos por la Sala de Cuestiones Preliminares al autorizar al Fiscal Khan a reanudar la investigación penal. La audiencia no tuvo como fin defender a Maduro, sino esclarecer la apelación del régimen que buscaba detener la investigación del Fiscal Jefe Khan. Cabe señalar que el nombre de Maduro no fue mencionado en ningún momento durante los dos días de audiencia, y lo que es más importante, la CPI aún no ha formulado acusaciones contra persona alguna y menos contra Maduro, hasta ahora.
La intención de Washington Post está a la vista, refleja al publicar, una noticia que es eso, una noticia sobre un proceso que atañe a millones de personas, que atañe a un grupo de delincuentes que se han apoderado de una nación donde todo, con la venia del gobierno, si, absolutamente todo es posible de hacerse.
Obviamente como defensores de la libertad de expresión, podemos también pensar que el afamado cotidiano, emblema por muchos años de la familia Graham y hoy propiedad de Jeff Bezos, el dueño del gigante Amazon y considerado uno de los hombres más ricos del mundo, fue víctima de una mala jugada por parte de los varios grupos de Cabildeo que el pueblo de Venezuela, sin saberlo, le paga a estos traficantes de noticias, falsas o verdaderas. En los Estados Unidos la palabra Cabildeo o Lobby (en inglés) se emplea para designar la acción de personas que se relacionan con dirigentes del gobierno o parlamentarios para exponer sus intereses e influir en ellos, incluyendo intermediarismo entre privados.
Es importante recordar, que la ex Fiscal Jefe Fatou Bensouda, el 8 de febrero de 2018 abrió la Investigación Preliminar del Caso Venezuela I, iniciando el proceso el 27 de septiembre de 2018 con la remisión de los Estados Partes. El cual no concluyó.
El jurista Karim Khan asumió su cargo el 16 de junio de 2021 y el 3 de noviembre, comunicó a Nicolás Maduro la conclusión del Examen Preliminar y el comienzo de la Investigación Penal. Con esta decisión, tomada solo cinco meses después de su nombramiento, finalizó un proceso que había comenzado en 2018, demostrando profesionalismo y honestidad en su esfuerzo por impartir justicia.
El 7 y 8 de noviembre de 2023, la Sala de Apelaciones llevó a cabo la audiencia con la presencia de los representantes del Régimen, la Oficina de Defensoría Pública de las Víctimas (OPCV) y la Fiscalía de la CPI. Durante la audiencia, se respondió de manera contundente y veraz a cada uno de los puntos presentados por el régimen.
El Fiscal Jefe Khan no asistió a la Audiencia.
El 1 de marzo de 2024, la Sala de Apelaciones, presidida por el juez Marc Perrin de Brichambaut, desestimó en forma definitiva y sin posibilidad de nueva apelación el recurso presentado por el régimen y confirmó la decisión previa, al no encontrar motivos suficientes para modificar el fallo emitido. Así, la investigación prosigue y se contempla la posibilidad de emitir órdenes de detención y comparecencia contra los supuestos autores de crímenes de lesa humanidad.
Se puede deducir, con base en suposiciones válidas y comprobables, que el Fiscal Karim Khan ha actuado de acuerdo con lo estipulado en el Estatuto de Roma, siguiendo los estándares éticos requeridos por su posición y por otro lado, no se justifica que, en la última etapa de este proceso, se llame la atención sobre asuntos no determinantes cuyo único propósito es prolongar y proporcionar tiempo, oxígeno y alivio a presuntos violadores de derechos humanos y criminales de lesa humanidad.
Es obligante y humanitario continuar con más ahínco los esfuerzos, para que haya justicia para las víctimas y sus familiares.
Ninguna ley o norma puede estar o prevalecer por encima de la defensa de los derechos fundamentales del hombre.
En Europa, tierra de libertades, Raúl Ochoa Cuenca y Amin Rivas Hernandez, el 18 de septiembre del año 2024.