La normativa dada a conocer por las autoridades del Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC), el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime), Aeropuerto Internacional Simón Bolívar de Maiquetía y el Ministerio de Relaciones Exteriores a Conseturismo y divulgadas por ese ente gremial al público, en comunicados sobre el no ingreso a Venezuela, de los ciudadanos venezolano con el pasaporte y la cédula de identidad vencida, no podrán abordar aeronaves comerciales que vuelen hacia Venezuela, ya que los ciudadanos venezolano, con dichos documentos vencidos y deben obtener un Documento de Viaje o Salvoconducto para ingresar a su país.
Esta normativa inconstitucional, nos obliga como ciudadano a expresar nuestra opinión sobre el particular, ya que dicha Normativa, le vulnera al ciudadano venezolano, su derecho de ingresar a su país sin necesidad de autorización alguna, como lo pauta la Constitución de Venezuela en su Artículo 50, que al texto reza: Artículo 50. Toda persona puede transitar libremente y por cualquier medio por el territorio nacional, cambiar de domicilio y residencia, ausentarse de la República y volver, trasladar sus bienes y pertenencias en el país, traer sus bienes al país o sacarlos, sin más limitaciones que las establecidas por la ley.
En caso de concesión de vías, la ley establecerá los supuestos en los que debe garantizarse el uso de una vía alterna. Los venezolanos y venezolanas pueden ingresar al país sin necesidad de autorización alguna. Ningún acto del Poder Público podrá establecer la pena de extrañamiento del territorio nacional contra venezolanos o venezolanas.
Además, dicha normativa, no solo ha violado la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, sino que ha creado perplejidad en lo viajeros venezolanos con documentos vencidos, incertidumbre en el sector turismo, nacional e internacional y muy especialmente en el sector aeronáutico, ya que este sector es el encargado de ejecutar la normativa, de no embarcar en las aeronaves con destinos hacia Venezuela, a los ciudadanos venezolanos, que tengan el pasaportes vencidos y no posean el salvoconducto.
Por lo tanto ninguna normativa está por encima de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, cómo lo refiere el Artículo 7 La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución.
Normativa a los venezolanos con pasaporte vencido que deseen ingresar a su país
En un comunicado del Consejo Superior de Turismo, Conseturismo, informa de una reunión con las autoridades del Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC), el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime), Aeropuerto Internacional Simón Bolívar de Maiquetía y el Ministerio de Relaciones Exteriores , donde se anunciaron los detalles del procedimiento que el Ministerio de Relaciones Exteriores revela con respeto al documento o salvoconducto para ciudadanos venezolanos y los que poseen doble nacionalidad y estén en el exterior que viajen a Venezuela sin pasaporte venezolano válido debido a que este se encuentra vencido, extraviado, hurtado o deteriorado.
Los venezolanos en esas condiciones para obtener el salvoconducto deben mostrar los siguientes recaudos. En el caso de adultos: Original y copias de la denuncia ante las autoridades policiales (si aplica). Original y copia del boleto aéreo (sellado por la aerolínea). Copia del documento de identidad del solicitante (cédula o pasaporte). Foto del solicitante en un CD o DVD (formato JPG). Comprobante de pago del arancel consular correspondiente, si aplica. En el caso de niños, niñas y adolescentes: Presentar copia de la cédula de identidad venezolana y de la hoja biográfica del pasaporte venezolano de ambos padres, y si viaja solo o con uno de los padres la autorización de viaje del padre que no viaja debe estar debidamente apostillada. En el caso de pérdida, hurto o robo del pasaporte venezolano. Debe efectuar previamente la denuncia ante la autoridad policial correspondiente. El Salvoconducto en casos de emergencia el Ministerio de Relaciones Exteriores informó que si hay algún cambio en los vuelos, los venezolanos deberán tramitar un nuevo salvoconducto., en los casos de emergencia, el solicitante del salvoconducto tiene la posibilidad de adelantar el trámite de manera directa a través de la Cancillería. Las solicitudes «deben estar debidamente documentadas y obedecen de manera específica a temas de salud o a pasajeros varados en el aeropuerto.
El ministerio coordinará las solicitudes de emergencia. Por otra parte, el Ministerio de Relaciones Exteriores avisó que habilitará el trámite del salvoconducto o documento de viaje a través de su página web a partir del lunes 14 de octubre, se comenzará a funcionar un link a través del cual serán atendidos los ciudadanos que se encuentren en países donde no haya representación consular y allí podrán tramitar de manera digital su salvoconducto o documento de viaje. Este documento tramitado por esta vía estará exento del pago de aranceles y se enviará vía correo al solicitante.
El procedimiento y demás detalles serán informados vía comunicado procedente de la cancillería en los próximos días. Los países que cuentan con representación consular seguirán atendiendo a los venezolanos que se encuentren en ellos, emitiendo los salvoconductos de manera presencial y bajo procedimientos que se venían aplicando. En este caso, deberán abonar el pago de 60 dólares correspondientes a aranceles consulares. El salvoconducto permite realizar una escala en un aeropuerto, permaneciendo en la zona de tránsito en otro país (no superior a cinco horas), sin pasar por los controles de migración. Esto debido a que solo autoriza volar al destino final, Venezuela, entre otros detalles.
Los venezolanos con doble nacionalidad no requieren salvoconducto para ingresar en su país
Los pasajeros venezolanos con doble nacionalidad y los pasajeros venezolanos con residencia legal en otros países podrán ingresar a Venezuela con el pasaporte vencido sin salvoconducto de acuerdo con la nueva medida de las autoridades, manteniéndose vigente la normativa del pasado 27 de septiembre del 2024 , que le establece a los venezolanos con el pasaporte vencido que están obligados a presentar un salvoconducto para subir a bordo de un avión y viajar a su país. Según lo informó el Consejo Superior de Turismo (Conseturismo), en un nuevo comunicado ha señalado, que luego de una reunión entre la Asociación Venezolana de Agencias de Viajes y Turismo, la Asociación de Líneas Aéreas en Venezuela y la Asociación Venezolana de Mayoristas y Empresas de Representaciones Turísticas con autoridades del Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC), el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime), Aeropuerto Internacional Simón Bolívar de Maiquetía y la Cancillería. Por su parte, el gobierno sostuvo que reforzó la medida de ingreso a Venezuela solo con pasaporte venezolano vigente anunciada el el viernes 27 de septiembre, especificando que ciertos venezolanos con el pasaporte vencido no necesitan solicitar un salvoconducto para viajar a su país y confirmó la Cancillería, que a partir del día lunes 14 de octubre de 2024 comenzará a funcionar un link a través del cual serán atendidos solo los ciudadanos que se encuentren en países donde no se cuente con representación consular, y allí podrán tramitar de manera digital su salvoconducto o documento de viaje.